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Cierre anual en CONTPAQi Nóminas (Nomipaq)

  • Foto del escritor: Fabian Mazariegos
    Fabian Mazariegos
  • 13 ene
  • 5 Min. de lectura

Actualizado: 19 ene


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¿Qué es el cálculo anual en CONTPAQi Nóminas [Nomipaq]?


En CONTPAQi Nóminas (Nomipaq), el “cierre anual” normalmente se refiere a hacer el Cálculo Anual (el ajuste del ISR anual de sueldos y salarios por empleado) y dejar la empresa lista para arrancar el nuevo ejercicio sin diferencias raras.


¿Qué es el cierre anual en CONTPAQi Nóminas?


Es el proceso donde el sistema detecta y calcula el ajuste anual del ISR por trabajador y te genera/actualiza los conceptos de impuesto a retener o impuesto a compensar para que quede cuadrado el año. Esto se hace desde el módulo Cálculo anual.


¿Cuándo se hace el cierre anual de nómina?


Regla práctica (la que evita dramas de enero):

  • Ideal: después de timbrar y autorizar la última nómina de diciembre del ejercicio, antes de empezar a timbrar la primera nómina del año nuevo.

  • Aún válido: si no lo hiciste en diciembre, el manual contempla aplicarlo en los primeros 4 meses del ejercicio siguiente (enero–abril), siempre que cumplas las condiciones del sistema.

  • Ojo importante: si el periodo vigente no es diciembre, el sistema no lo tomará “como ejercicio”.


Mini-checklist (para que no se sienta como final de temporada)


  1. Respalda la empresa (antes de mover algo).

  2. Asegúrate de tener periodos de diciembre (o enero–abril si lo harás “tarde”).

  3. Ve a Procesos → Cálculo anual…

  4. Detectar y calcular → Guardar y aplicar.

  5. Luego calcula los periodos necesarios para que el impuesto anual se vea reflejado en nómina/sobre-recibo.

  6. Saca reportes (p. ej. constancias/forma 37 según aplique).

cierre anual contpaqi nominas 2025

Si me dices qué versión de Nóminas usas y tu periodicidad (semanal/quincenal), te lo aterrizo a un “cuándo exacto” tipo: “hazlo al autorizar la nómina X de diciembre y antes de timbrar la nómina 1 de enero”.


¿Es obligatorio realizar el cierre?


Sí: en la práctica es “obligatorio” para el patrón en los casos en que te toca a ti (empresa) hacer el ISR anual de tus trabajadores. El SAT lo explica tal cual: además de retener y enterar mensualmente, debes calcular el impuesto anual por trabajador.


¿Cuándo NO es obligatorio hacerlo (por empleado)?


Hay excepciones típicas donde el trabajador está obligado a presentar su Declaración Anual (por ejemplo, si tuvo ingresos > $400,000, si dejó de laborar antes del 31 de diciembre, o si tuvo ciertos ingresos adicionales, etc.). En esos escenarios, ya no “recae” igual en el patrón y normalmente el trabajador se regulariza en su anual.


Traducción a humano: no es “cierre anual sí o sí para todos”, es “cierre anual para quienes sí te corresponde calcularles el ISR anual”.

Beneficios reales (y por qué conviene hacerlo en CONTPAQi Nóminas)


  1. Cumplimiento fiscal: te alinea con la obligación del retenedor/patrón de determinar el ISR anual cuando aplica.

  2. Ajusta diferencias: detecta si al trabajador le quedó ISR a cargo o a favor (por retenciones “no perfectas” durante el año).

  3. Evitas broncas operativas: si no lo haces, te puedes llevar “sorpresas” (diferencias) y terminar corrigiendo sobre la marcha con recibos/ajustes.

  4. Te ordena el arranque del nuevo ejercicio: haces el cálculo en la ventana correcta (diciembre a abril) y dejas el año limpio.


¿A partir de qué versión empezó?


Aquí hay 2 verdades útiles:

  • El módulo/proceso de “Cálculo anual” existe desde versiones muy antiguas (hay manuales oficiales de Procesos especiales publicados desde hace años donde ya aparece el módulo y su ventana de aplicación diciembre–abril).

  • Lo que sí está documentado con precisión es que en la versión 16.1.1 CONTPAQi agregó un parámetro nuevo dentro del módulo (o sea: el módulo ya existía, pero esa mejora arrancó ahí).


¿Como hacer el cierre anual en CONTPAQi 2025?

Manual de cálculo anual CONTPAQi Nóminas [Nomipaq]


1. Marco Legal y Obligaciones

Antes de operar el sistema, es fundamental entender quiénes participan en este proceso:


Obligación del Patrón:

Calcular el impuesto anual de los trabajadores que prestaron servicios subordinados


Resultados del cálculo:

  • Impuesto a cargo: Se debe enterar al SAT a más tardar en febrero del siguiente año 

  • Impuesto a favor: Se debe compensar contra retenciones de diciembre o meses sucesivos durante el siguiente año calendario.


Excepciones (No se hace cálculo anual si):

  1. El empleado inició después del 1 de enero o terminó antes del 1 de diciembre

  2. El empleado tuvo ingresos mayores a $400,000 MXN 

  3. El empleado comunica por escrito que presentará su declaración por su cuenta


El cálculo anual se realiza de la misma manera que el cálculo de impuesto del periodo, solo que ahora se utilizan tablas anuales. Dentro de estas tarifas, se incluye la tarifa del ISR anual, que aplica para el cálculo anual 2025 de nóminas.


2. Checklist de preparación del sistema para el cálculo (cierre)

Antes de ejecutar el proceso, asegúrate de cumplir con estos pasos:


  1. Actualizar Tablas ISR anuales: CONTPAQi Nóminas actualiza en línea las tablas de salarios mínimos, UMA, UMI y tablas de ISR, para el software instalado lo puedes hacer manual o actualizar tu versión. Verificar que las tablas anuales estén vigentes en el menú Tablas > Tablas ISR vigentes.

    tabla anual isr 2025
  2. Tablero Fiscal: Utilizar la herramienta en Archivo > Tablero Fiscal para conciliar los XML timbrados en el SAT contra los recibos calculados en el sistema y detectar discrepancias.

    tablero fiscal contpaqi nomina
    calculo anual nomipaq 2025
  3. Reconstrucción de Acumulados: Ejecutar en Herramientas > Utilerías > Reconstrucción de acumulados desde enero para asegurar que todos los conceptos del año sumen correctamente.


  4. Identificar el último periodo del ejercicio: Se recomienda realizar el cálculo en el último periodo del año (ej. periodo 24 en quincenal o 52 en semanal) para tener todos los ingresos acumulados.

    ultimo periodo 2025 contpaqi nomina

3. Configuración de Conceptos y Acumulados

El sistema utiliza cuatro acumulados clave para el cálculo. Debes verificar que tus conceptos los tengan asignados en el catálogo de conceptos


  • ISR Base gravada: Para sueldos ordinarios.

  • ISR Gratificación anual (Art. 142): Para aguinaldos, prima vacacional y PTU.

  • ISR Percepciones especiales gravadas: Para bonos u otros conceptos adicionales.

  • ISR Liquidación gravada: Para conceptos de finiquitos o indemnizaciones.


Tip: Puedes sacar un reporte en Reportes > ISR / PTU > Conceptos por tipo de acumulado para revisar todo de forma global


¿Cuando se realiza el cierre anual de nóminas?

Solo se puede realizar el cálculo anual cuando se encuentra en el periodo de diciembre y las veces que se requiera. Si se realiza de enero a noviembre 2026, solo se puede hacer una sola vez.


4. Ejecución del Proceso de Cálculo Anual en nóminas

Existen dos momentos para hacerlo: en Diciembre (permite ajustes y modificaciones) o en Enero del siguiente año (solo se puede hacer una vez)


Pasos en el sistema CONTPAQi Nóminas:


  1. Ve al menú Procesos > Cálculo Anual 

  2. Haz clic en Detectar y Calcular. El sistema mostrará la lista de empleados 

    Color Negro: Empleados aptos para el cálculo.

    Color Gris: Empleados excluidos (por ingresos > 400k o baja antes de diciembre) 

  3. Revisa las columnas de Impuesto Anual vs Impuesto Retenido. El resultado aparecerá en la última columna (positivo es a cargo, negativo es a favor)

  4. Si el empleado presentará su propia declaración, puedes generar la Carta Aviso o la Constancia F37 desde esta misma ventana.

  5. Haz clic en Guardar y Aplicar. El sistema insertará automáticamente los conceptos de compensación o retención en el sobre-recibo del empleado


5. Verificación de Resultados

Una vez aplicado, abre el sobre-recibo del empleado para verificar las claves:


  1. Si es a favor (en Diciembre): Aparecerá la clave D55 (ISR a compensar) 

  2. Si es a cargo (en Diciembre): Aparecerá la clave de retención del ejercicio vigente 


Al timbrar estos recibos, estarás informando formalmente al SAT que el cálculo anual de tu nómina ha sido realizado.


Si tienes dudas o quieres acompañamiento después de hacerlo por tu cuenta, contrata nuestra capacitación grupal para realizar este proceso en tu software CONTPAQi.

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