Subsidio para el empleo: UMA 2026
- Fabian Mazariegos
- 7 ene
- 5 Min. de lectura
Actualizado: 10 ene

Desde 2024 el subsidio se volvió una cuota fija calculada con la UMA 2026, si manejas nómina (en especial en CONTPAQi Nóminas) este cambio te pega directo en dos cosas: lo que retienes de ISR y cómo timbras el CFDI de nómina. La buena noticia: no es “otra tabla eterna”. Desde 2024 el subsidio se volvió una cuota fija calculada con la UMA, y en 2026 solo se ajustan porcentaje y límite de ingresos.
1) ¿Qué es el Subsidio para el empleo (y para qué sirve)?
El Subsidio para el empleo es un apoyo fiscal para que trabajadores con ingresos bajos paguen menos ISR. No es un “premio”, es un mecanismo para que el aumento salarial (por ejemplo, salario mínimo) no se lo coma el impuesto.
Ojo importante (y muy común en auditorías)
Desde el decreto de 2024, el patrón NO le entrega dinero extra al trabajador por subsidio. El subsidio solo se usa para disminuir el ISR del mes, y si el ISR queda en cero, ahí muere: no hay “diferencia a favor” pagable.
2) ¿Qué cambió en 2026 según DOF (31-dic-2025)?
El Decreto publicado el 31 de diciembre de 2025 ajusta dos cosas clave para 2026:
Nuevo porcentaje (para calcular el subsidio)
Febrero–diciembre 2026: Subsidio máximo mensual = UMA mensual × 15.02%
Enero 2026 (regla especial): UMA mensual vigente 2025 × 15.59% (por el “brinco” de UMA que entra en vigor hasta el 1 de febrero).
Traducción: enero trae “porcentaje transitorio”; a partir de febrero ya usas el porcentaje normal y la UMA 2026.
Nuevo límite de ingresos para que aplique
Aplica solo si los ingresos mensuales base para ISR del trabajador no exceden $11,492.66. Y ese “ingreso base” no incluye ciertos pagos por separación (primas de antigüedad, retiro, indemnizaciones, etc.).
Valor de la UMA 2026 (INEGI)
El INEGI publicó el valor de la UMA 2026, que entra en vigor a partir del 1 de febrero de 2026. Estos valores se usan como base para calcular topes y cuotas, y en este caso afectan el cálculo del Subsidio para el empleo 2026.
¿Cuál es el valor de la UMA 2026?
UMA 2026 | Valor |
Diaria | $117.31 |
Mensual | $3,566.22 |
Anual | $42,794.64 |
Tip para evitar errores: aunque la UMA 2026 aplica desde febrero, enero trae regla especial (por el cambio de UMA hasta febrero), así que no conviene “forzar” UMA 2026 en cálculos de enero si tu sistema todavía está con la transición.
Nota técnica (por si alguien te pregunta “por qué 30.4”): el valor mensual se calcula con base en el diario (referencia 30.4).
3) ¿Cuánto es el subsidio 2026?
Enero 2026 (monto “objetivo”)
El decreto explica que en enero 2026 se usa 15.59% con UMA 2025; por eso verás el famoso $536.22 como referencia práctica para enero.
Para febrero–diciembre: UMA mensual 2026 $3,566.22 × 15.02%”.
No es un número fijo universal en este texto, porque depende de la UMA 2026:
Subsidio máximo mensual = UMA mensual 2026 × 15.02%
4) Cómo se calcula el subsidio 2026(según tu tipo de nómina)
El DOF también deja reglas claras para quincenal/semanal y pagos “raros”:
A) Si pagas por periodos menores a un mes (semanal, catorcenal, quincenal)
Calcula el subsidio mensual: UMA mensual × 15.02%
Saca “subsidio diario”: divide entre 30.4
Multiplica por los días del periodo de pago
Tope: el subsidio del mes no puede exceder el máximo mensual.
B) Si pagas en una sola exhibición por 2 o más meses (retroactivos / ajustes)
Multiplicas el subsidio mensual por el número de meses que cubre ese pago.
5) ¿Cómo se aplica en la práctica? (lo que importa en ISR y timbrado)
La mecánica es esta:
Calculas el ISR del trabajador del mes (CONTPAQi lo hace con su tarifa).
Si el trabajador cumple el límite de $11,492.66, calculas el subsidio.
El subsidio se resta del ISR del mes solo si el ISR queda “a cargo”.
Si el ISR resultara menor que el subsidio, el ISR queda en 0 y no pagas diferencia al trabajador.
Mini-ejemplo (sin tecnicismos)
ISR calculado del mes: $300
Subsidio del mes: $536
Resultado: ISR a retener = $0
Diferencia ($236): no se paga al trabajador (no es “bono escondido”).
6) ¿Cómo aplicarlo en CONTPAQi Nóminas?
Aquí lo aterrizamos a operación diaria:
Paso 1: Actualiza tu sistema (sí o sí)
Para 2026 necesitas tener tu CONTPAQi Nóminas actualizado para que ya traiga parámetros y cambios listos (tablas/porcentajes/topes). CONTPAQi mismo publicó guía del ajuste 2026 con base en el DOF.
Paso 2: Verifica los 3 datos que más se rompen
Límite de ingresos: $11,492.66
Enero 2026: porcentaje 15.59% (UMA 2025)
Feb–Dic 2026: porcentaje 15.02% (UMA 2026)
Pro-tip: enero es el mes clásico donde “se timbra bonito” pero se calcula mal porque alguien ya cargó UMA 2026 en enero (y no debe).
Paso 3: Haz una nómina de prueba antes del primer timbrado masivo
Toma 3 empleados:
uno por debajo del límite
uno pegado al límite
uno arriba del límite
Calcula y revisa que:
al que rebasa el límite no le aplique subsidio
al que aplica, se vea el ajuste en ISR y en el CFDI
Paso 4: Confirma el caso “multi-empleo”
Si el trabajador tiene dos patrones, solo uno puede aplicar el subsidio (el trabajador debe elegir). Esto en auditoría se vuelve “¿y cómo lo controlas?”: pide la declaración/aviso interno al ingresar.
7) Riesgos y sanciones por no aplicarlo (lo que sí duele)
Aquí hay dos tipos de problemas: fiscales y de CFDI.
A) Si calculas mal y NO enteras retenciones correctamente
Si por errores no enteras retenciones dentro del plazo, el CFF contempla incluso supuestos penales por omitir enterar contribuciones retenidas/recaudadas. Cámara de Diputados (En la práctica normalmente empieza como diferencias, actualizaciones/recargos y revisión… pero el riesgo existe si se vuelve “conducta grave”.)
B) Si timbras mal CFDI de nómina (o con datos incorrectos)
No expedir CFDI, o expedirlo sin requisitos, es infracción. Y las multas por esa conducta están previstas en el artículo 84 (incluye rangos de multa y hasta clausura preventiva en reincidencia, según el supuesto).
C) Riesgo “silencioso”: el empleado te va a odiar (con razón)
Si no aplicas subsidio cuando sí corresponde, le retienes ISR de más. Eso no siempre “truena” con el SAT primero… truena con RH, con quejas internas y con correcciones retroactivas (las peores porque ya timbraste).
Preguntas frecuentes rápidas (para contadores y nóminas)
1) ¿El subsidio para el empleo 2026 se paga al trabajador?
No. Se usa para disminuir el ISR; no se entrega diferencia.
2) ¿Quiénes aplican al subsidio para el empleo 2026?
Quien tenga ingresos mensuales base para ISR hasta $11,492.66 y cumpla las reglas del decreto.
3) ¿Por qué enero es diferente UMA en enero y febrero?
Porque la UMA del año entra en vigor hasta el 1 de febrero, y enero usa porcentaje transitorio con UMA 2025.
4) ¿Cómo calcular el subsidio para el empleo 2026 en nómina semanal o quincenal usando la UMA?
Subsidio diario = (UMA mensual × 15.02%) / 30.4, por los días del periodo, con tope mensual.
5) ¿Un empleado con dos patrones puede tener subsidio con ambos?
No. Debe elegir un solo patrón para aplicarlo.

